El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó homologar la zona económica B con la A, por lo que a partir del 1 de octubre próximo, el salario mínimo general en todo el país será de 70.10 diarios.
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Salario Mínimo 2015 por Área Geográfica
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mínimos de las dos áreas geográficas para el 2015 de 4.2%. Destacamos el adicional de 2.6% del área B a partir de abril, y nuevamente tiene un aumento en octubre de este año, unificando las áreas geográficas.
Entonces, la situación de los salarios mínimos 2015 desde el primero de octubre será la siguiente:
- Todo el país: 70.10 pesos diarios
¿Aumentará el Salario Mínimo de la Zona B en Marzo 2015?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ha hecho un anuncio de que a partir de abril de 2015 se reducirá la brecha salarial entre la zona geográfica A.
De esta manera, la Zona B experimentaría un aumento de alrededor de 2.6% en su salario mínimo.
En el 2015, el salario mínimo en el área geográfica A es de 70.10 pesos diarios y en el área geográfica B es de 66.45 pesos, entre ambos salarios existe una diferencia en porcentaje de 5.2 por ciento y en pesos de 3.65. Si aumentara el 2.6% indicado, la Zona B cotizaría en 68.28 pesos diarios.
¿Se unificarán las zonas geográficas en 2015?
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó anunciar el próximo 24 de septiembre la aplicación de un solo salario mínimo general para todo el país, mismo que entraría en vigor a partir del 1 de octubre del presente año.
Desaparecer la zona B implicará hacer un ajuste de 1.82 pesos para unificarla con la zona geográfica A, que actualmente tiene un salario mínimo de 70.10 pesos.
Desindexación del Salario Mínimo
En la Cámara de Diputados se avaló en lo general y lo particular, el dictamen por el que se desindexa al salario mínimo como medida para calcular el pago de servicios y multas.
De esta manera, el salario mínimo quedará fuera de cualquier atadura legal para fijar cuotas, pago de créditos y sanciones entre otros. Además, es una medida para calcular el pago de servicios y multas.
Los congresos de 13 estados han avalado la reforma constitucional para la desindexación del salario mínimo que permitirá crear la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a fin de sustituir al minisalario como referencia para diversos conceptos como multas, leyes, reglamentos, entre otros. Son Morelos, Durango, Tabasco, Estado de México, Jalisco, Chihuahua, Puebla, Nayarit, Aguascalientes, Tamaulipas, Querétaro, Sinaloa y Chiapas; éstos dos últimos aprobaron la reforma constitucional ayer.
Salarios Mínimos Profesionales en 2015
Desde el 1 de octubre de 2015
Profesión | Salario Mínimo |
---|---|
Albañilería, oficial de | 102.20 |
Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en | 88.90 |
Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de | 107.65 |
Cajero(a) de máquina registradora | 90.65 |
Cantinero(a) preparador(a) de bebidas | 92.75 |
Carpintero(a) de obra negra | 102.20 |
Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial | 100.30 |
Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demásestablecimientos de preparación y venta de alimentos | 103.65 |
Colchones, oficial en fabricación y reparación de | 93.80 |
Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial | 99.90 |
Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en | 94.55 |
Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial | 91.75 |
Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas | 90.50 |
Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio | 93.20 |
Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos | 95.25 |
Chofer de camión de carga en general | 104.55 |
Chofer de camioneta de carga en general | 101.25 |
Chofer operador(a) de vehículos con grúa | 96.90 |
Draga, operador(a) de | 108.75 |
Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial | 101.95 |
Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas,oficial | 99.90 |
Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 101.00 |
Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres deservicio, oficial | 96.90 |
Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas deautoservicio | 88.60 |
Encargado(a) de bodega y/o almacén | 92.20 |
Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en | 94.30 |
Fogonero(a) de calderas de vapor | 97.70 |
Gasolinero(a), oficial | 90.50 |
Herrería, oficial de | 98.45 |
Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 100.30 |
Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor | 91.30 |
Manejador(a) en granja avícola | 87.50 |
Maquinaria agrícola, operador(a) de | 102.75 |
Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de | 97.70 |
Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial | 105.95 |
Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial | 91.75 |
Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general | 95.25 |
Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial | 98.45 |
Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial | 97.70 |
Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías yestablecimientos similares | 90.65 |
Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial | 97.90 |
Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos,oficial | 101.95 |
Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos dehospedaje | 88.60 |
Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) demostrador en | 92.20 |
Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial | 96.50 |
Reportero(a) en prensa diaria impresa | 210.05 |
Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa | 210.05 |
Repostero(a) o pastelero(a) | 102.20 |
Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de | 102.75 |
Secretario(a) auxiliar | 105.70 |
Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico | 101.00 |
Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador | 95.25 |
Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial | 96.90 |
Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial | 96.90 |
Trabajo social, técnico(a) en | 115.55 |
Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina | 88.60 |
Velador(a) | 90.50 |
Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico | 93.20 |
Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial | 91.75 |
Desde el 1 de abril de 2015
Salarios Mínimos Profesionales | Área Geográfica A | Área Geográfica B |
---|---|---|
Albañilería, oficial de | 102.20 | 99.51 |
Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en | 88.90 | 86.67 |
Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de | 107.65 | 104.65 |
Cajero(a) de máquina registradora | 90.65 | 88.57 |
Cantinero(a) preparador(a) de bebidas | 92.75 | 90.31 |
Carpintero(a) de obra negra | 102.20 | 99.51 |
Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial | 100.30 | 97.51 |
Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demásestablecimientos de preparación y venta de alimentos | 103.65 | 100.85 |
Colchones, oficial en fabricación y reparación de | 93.80 | 91.55 |
Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial | 99.90 | 97.30 |
Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en | 94.55 | 92.06 |
Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial | 91.75 | 89.49 |
Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas | 90.50 | 88.31 |
Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio | 93.20 | 90.67 |
Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos | 95.25 | 92.63 |
Chofer de camión de carga en general | 104.55 | 101.92 |
Chofer de camioneta de carga en general | 101.25 | 98.43 |
Chofer operador(a) de vehículos con grúa | 96.90 | 94.53 |
Draga, operador(a) de | 108.75 | 105.83 |
Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial | 101.95 | 99.15 |
Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas,oficial | 99.90 | 97.30 |
Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 101.00 | 98.12 |
Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres deservicio, oficial | 96.90 | 94.53 |
Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas deautoservicio | 88.60 | 85.90 |
Encargado(a) de bodega y/o almacén | 92.20 | 89.80 |
Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en | 94.30 | 91.70 |
Fogonero(a) de calderas de vapor | 97.70 | 94.94 |
Gasolinero(a), oficial | 90.50 | 88.31 |
Herrería, oficial de | 98.45 | 95.76 |
Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 100.30 | 97.51 |
Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor | 91.30 | 88.72 |
Manejador(a) en granja avícola | 87.50 | 85.33 |
Maquinaria agrícola, operador(a) de | 102.75 | 100.23 |
Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de | 97.70 | 94.94 |
Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial | 105.95 | 103.41 |
Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial | 91.75 | 89.49 |
Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general | 95.25 | 92.63 |
Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial | 98.45 | 95.76 |
Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial | 97.70 | 94.94 |
Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías yestablecimientos similares | 90.65 | 88.57 |
Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial | 97.90 | 95.35 |
Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos,oficial | 101.95 | 99.15 |
Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos dehospedaje | 88.60 | 85.90 |
Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) demostrador en | 92.20 | 89.80 |
Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial | 96.50 | 93.86 |
Reportero(a) en prensa diaria impresa | 210.05 | 204.26 |
Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa | 210.05 | 204.26 |
Repostero(a) o pastelero(a) | 102.20 | 99.51 |
Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de | 102.75 | 100.23 |
Secretario(a) auxiliar | 105.70 | 102.95 |
Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico | 101.00 | 98.12 |
Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador | 95.25 | 92.63 |
Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial | 96.90 | 94.53 |
Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial | 96.90 | 94.53 |
Trabajo social, técnico(a) en | 115.55 | 112.46 |
Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina | 88.60 | 85.90 |
Velador(a) | 90.50 | 88.31 |
Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico | 93.20 | 90.67 |
Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial | 91.75 | 89.49 |
Desde el 1 de enero de 2015
Salarios Mínimos | Área Geográfica A | Área Geográfica b |
---|---|---|
Generales: | 70,10 | 66,45 |
Profesionales | ||
1 Albañilería, oficial de | 102,20 | 96,85 |
2 Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en | 88,90 | 84,35 |
3 Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de | 107,65 | 101,85 |
4 Cajero(a) de máquina registradora | 90,65 | 86,20 |
5 Cantinero(a) preparador(a) de bebidas | 92,75 | 87,90 |
6 Carpintero(a) de obra negra | 102,20 | 96,85 |
7 Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial | 100,30 | 94,90 |
8 Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos | 103,65 | 98,15 |
9 Colchones, oficial en fabricación y reparación de | 93,80 | 89,10 |
10 Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial | 99,90 | 94,70 |
11 Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en | 94,55 | 89,60 |
12 Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial | 91,75 | 87,10 |
13 Costurero(a) en confección de ropa en talleres o fábricas | 90,50 | 85,95 |
14 Costurero(a) en confección de ropa en trabajo a domicilio | 93,20 | 88,25 |
15 Chofer acomodador(a) de automóviles en estacionamientos | 95,25 | 90,15 |
16 Chofer de camión de carga en general | 104,55 | 99,20 |
17 Chofer de camioneta de carga en general | 101,25 | 95,80 |
18 Chofer operador(a) de vehículos con grúa | 96,90 | 92,00 |
19 Draga, operador(a) de | 108,75 | 103,00 |
20 Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial | 101,95 | 96,50 |
21 Electricista instalador(a) y reparador(a) de instalaciones eléctricas, oficial | 99,90 | 94,70 |
22 Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 101,00 | 95,50 |
23 Electricista reparador(a) de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial | 96,90 | 92,00 |
24 Empleado(a) de góndola, anaquel o sección en tiendas de autoservicio | 88,60 | 83,60 |
25 Encargado(a) de bodega y/o almacén | 92,20 | 87,40 |
26 Ferreterías y tlapalerías, dependiente(a) de mostrador en | 94,30 | 89,25 |
27 Fogonero(a) de calderas de vapor | 97,70 | 92,40 |
28 Gasolinero(a), oficial | 90,50 | 85,95 |
29 Herrería, oficial de | 98,45 | 93,20 |
30 Hojalatero(a) en la reparación de automóviles y camiones, oficial | 100,30 | 94,90 |
31 Lubricador(a) de automóviles, camiones y otros vehículos de motor | 91,30 | 86,35 |
32 Manejador(a) en granja avícola | 87,50 | 83,05 |
33 Maquinaria agrícola, operador(a) de | 102,75 | 97,55 |
34 Máquinas para madera en general, oficial operador(a) de | 97,70 | 92,40 |
35 Mecánico(a) en reparación de automóviles y camiones, oficial | 105,95 | 100,65 |
36 Montador(a) en talleres y fábricas de calzado, oficial | 91,75 | 87,10 |
37 Peluquero(a) y cultor(a) de belleza en general | 95,25 | 90,15 |
38 Pintor(a) de automóviles y camiones, oficial | 98,45 | 93,20 |
39 Pintor(a) de casas, edificios y construcciones en general, oficial | 97,70 | 92,40 |
40 Planchador(a) a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares | 90,65 | 86,20 |
41 Plomero(a) en instalaciones sanitarias, oficial | 97,90 | 92,80 |
42 Radiotécnico(a) reparador(a) de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial | 101,95 | 96,50 |
43 Recamarero(a) en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje | 88,60 | 83,60 |
44 Refaccionarias de automóviles y camiones, dependiente(a) de mostrador en | 92,20 | 87,40 |
45 Reparador(a) de aparatos eléctricos para el hogar, oficial | 96,50 | 91,35 |
46 Reportero(a) en prensa diaria impresa | 210,05 | 198,80 |
47 Reportero(a) gráfico(a) en prensa diaria impresa | 210,05 | 198,80 |
48 Repostero(a) o pastelero(a) | 102,20 | 96,85 |
49 Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de | 102,75 | 97,55 |
50 Secretario(a) auxiliar | 105,70 | 100,20 |
51 Soldador(a) con soplete o con arco eléctrico | 101,00 | 95,50 |
52 Tablajero(a) y/o carnicero(a) en mostrador | 95,25 | 90,15 |
53 Tapicero(a) de vestiduras de automóviles, oficial | 96,90 | 92,00 |
54 Tapicero(a) en reparación de muebles, oficial | 96,90 | 92,00 |
55 Trabajo social, técnico(a) en | 115,55 | 109,45 |
56 Vaquero(a) ordeñador(a) a máquina | 88,60 | 83,60 |
57 Velador(a) | 90,50 | 85,95 |
58 Vendedor(a) de piso de aparatos de uso doméstico | 93,20 | 88,25 |
59 Zapatero(a) en talleres de reparación de calzado, oficial | 91,75 | 87,10 |
Mapa de Áreas Geográficas para el Salario Mínimo 2015
¿Qué cambios habrá en el Salario Mínimo del DF?
Entre las iniciativas y comentarios, la del Distrito Federal es la que se viene mencionando en los días pasados, dado que pretende elevar escalonadamente el salario para alcanzar un total de 171 pesos diarios en 2017. Los aumentos del salario mínimo en el DF serían los siguientes:
- Salario Mínimo DF 2015: 82.85 pesos – aumento de 15.55 pesos
- Salario Mínimo DF 2016: 105.6 pesos – aumento de 22.7 pesos
- Salario Mínimo DF 2017: 134.5 pesos – aumento de 28.9 pesos
- Salario Mínimo DF 2018: 171.3 pesos – aumento de 36.8 pesos
Por otra parte, el gobierno federal se encuentra en proceso de aprobación de una iniciativa de Ley para crear la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o Unidad de Medida de la Ciudad de México (UCDMX) en sustitución del salario mínimo.
Esta iniciativa buscará revertir la caída del poder adquisitivo de los salarios mínimos, que ya acumula un 72.6% desde 1976,
La unidad se utilizaría desindexar el salario en las leyes del DF, con lo que se iniciaría el proceso para pasar de 67.29 que se pagan ahora, a los 82.85 pesos.
¿Cómo se ajustaría la UCDMX o UMA?
El valor de la UCDMX se ajustaría de acuerdo a lo definido en cada mes de diciembre de cada año en la Ley de Ingresos del Distrito Federal y se actualizarán en enero de cada año. Si no se realizara por medio de acuerdo, se ajustará con el factor inflacionario sobre cuotas y tarifas de acuerdo con el artículo 18 del Código Fiscal del DF.
¿Qué pasará con las operaciones basadas en salarios mínimos?
Es importante hacer una referencia a los contratos celebrados y atados al incremento del salario mínimo 2015. Para los casos de contratos privados que tengan referencias al salario mínimo, no tendrán que hacer ningún cambio de denominación salvo que las partes lo acuerden.
Por su parte, los créditos a la vivienda deberá hacerse la conversión de las unidades de medida.
¿Qué es la UCDMX?
La Unidad de Medida de la Ciudad de México (UCDMX) reemplazará al valor del salario mínimo cuando respecta a multas, sanciones, conceptos de pago y montos de referencia de todas las normas y leyes locales vigentes en el Distrito Federal.
¿Cuál es el valor iniciar de una UCDMX?
Por el principio su valor será igual al actual salario mínimo, en 67.29 pesos.
¿Cuándo comienza a regir la UCDMX?
Su aplicación comenzará en la segunda quincena de febrero de 2015. De publicarse a mediados de noviembre, entraría en vigor 60 días después, es decir, a mediados de febrero de 2015.
¿Cómo será específicamente la UMA?
En la jornada del 5 de diciembre la Cámara de Diputados recibió la propuesta del presidente Enrique Peña Nieto para desvincular el salario mínimo de multas y sanciones administrativas y que crea la Unidad de Medida Actualizada (UMA). La misma fue aprobada el 10 de diciembre.
La UMA permitirá la desvinculación del salario mínimo como unidad de cuenta, base, medida o referencia económica que actualmente utilizan las leyes federales, estatales y del Distrito Federal, así como las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores.
El valor inicial de la UMA será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente para la zona geográfica A (actualmente en 67.29 pesos), o el que llegara a sustituirle al momento de la entrada en vigor de la ley.
Asimismo, se deberán eliminar las referencias al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia y sustituirlas por las relativas a la UMA.
¿El aumento será mayor o menor a la inflación?
Según prevé la Concanaco-Servytur el aumento del salario mínimo 2015 sería por arriba de la inflación.
El presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur), Enrique Solana Sentíes, dijo que luego del encuentro de empresarios con el secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, se considera la posibilidad de que “haya muy buenas noticias” respecto al tema en los próximos días.
Pese a ello, es clave saber que el anuncio le corresponde a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), que ya se ha expresado en que se pueda tener un incremento por arriba de la inflación.
Asimismo, se estima que el aumento del salario mínimo puede estar cerca del 4.3% para el próximo año y podría quedar definida en estos días tras la reunión que sostendrán el gobierno con los sectores patronal y obrero.
En concreto, también se declara que no habrá unificación de las zonas A y B.
En tanto, el sector obrero busca un aumento a los mínimos de 5% para 2015 y la unificación de las zonas A y B. No obstante, los patrones propondrán que la unificación de las zonas se realice en 2016.
¿Cuándo comienza a tratarse la desvinculación del salario mínimo?
El pleno de la Asamblea Legislativa de Distrito Federal (ALDF) aprobó ayer dos leyes para desvincular el salario mínimo como referencia de pago de multas y conceptos de pago, y para crear la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México.
Con la aprobación se reforman 54 ordenamientos, cuatro códigos y 50 leyes capitalinas vinculadas al salario mínimo. Además, la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México será ahora una referencia para calcular sanciones, multas y conceptos de pago en el Distrito Federal, de acuerdo a comunicados de la ALDF.
“El valor de la unidad de cuenta se actualizará el primero de enero del año siguiente, con el valor del factor que proponga el Ejecutivo y que deberá aprobar la Asamblea en la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal correspondiente”.
No podrá exceder la inflación anualizada a nivel nacional que publique el INEGI. El valor inicial de la Unidad de Cuenta será el que se determine en la Ley de Ingresos del DF en el ejercicio fiscal 2015.
La medida, aprobada por el pleno del organismo legislativo, entrará en vigor el 1 de enero con un valor de 67.29 pesos, monto actual del salario mínimo, y se le sumara la actualización prevista para 2015 de 3.9 por ciento, con lo cual se elevara a 69.91 pesos.
Es de destacar que Miguel Ángel Mancera acordó con el presidente de la Conago, Jorge Herrera Caldera, una reunión con mandatarios estatales para encontrar coincidencias sobre la recuperación del salario mínimo.
Ambos asumieron que el actual salario mínimo es inconstitucional dado que no llega a garantizar la línea de bienestar social.
Es importante conocer que el día miércoles 10 de diciembre de 2014 el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la desvinculación del salario mínimo como unidad de referencia para calcular multas y otros precios de trámites y conceptos ordenados en leyes.
Se aprobó el dictamen en lo general y en lo particular con 372 votos a favor, tres en contra y cero abstenciones y será turnado al Senado.
Asimismo, se crea la tan mencionada Unidad de Medida Actualizada (UMA) con el objetivo de desvincular el salario mínimo como unidad de cuenta, base, medida o referencia económica que actualmente utilizan las leyes federales, estatales y del Distrito Federal, así como las disposiciones jurídicas que emanan de todas las anteriores.
El valor inicial diario de la UMA será equivalente al del salario mínimo vigente diario para el área A, que hasta hoy es de 67.29 pesos.
Comisión Consultiva para la Recuperación gradual y sostenida de los Salarios Mínimos Generales y Profesionales
En la fecha 3 de octubre 2014 se publicó en el DOF o Diario Oficial de la Federación, un comunicado para la creación de una Comisión Constitutiva para la Recuperación gradual y sostenida de los Salarios Mínimos Generales y Profesionales. En este caso la Comisión tendrá las siguientes actividades y objetivos:
- Proponer las bases o elementos de una política salarial que haga posible la recuperación gradual y sostenida de los salarios mínimos generales y profesionales, en un contexto de crecimiento de la economía nacional, sustentado en el incremento de la productividad.
- Realizar estudios técnicos para conocer: El posible efecto de diferentes incrementos de los salarios mínimos sobre la inflación, el empleo, la reducción de la dispersión salarial, la disminución de la pobreza y la sustentabilidad de las empresas. Así como también la relación existente entre la productividad y el salario mínimo; entre otras.
- Analizar y evaluar la viabilidad para establecer un solo salario mínimo general en toda la República Mexicana.
- Analizar y definir la estrategia para disipar el efecto del incremento al salario mínimo como referente en los contratos colectivos de trabajo.
- Promover la desvinculación del salario mínimo como unidad de cuenta, base o medida de referencia en las legislaciones vigentes creadas por los Congresos de las Entidades Federativas y por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
- Revisar y definir, en su caso, los criterios con que se incrementarán los salarios mínimos profesionales al llevarse a cabo la revisión o fijación de los salarios mínimos generales.
El plazo para la presentación de trabajos será de seis meses a partir de su instalación, mediante la entrega de un informe al Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, que contenga las opiniones y recomendaciones que juzgue pertinentes.
La Comisión Consultiva estará integrada por cuatro representantes de los trabajadores, cuatro representantes patronales, un representante del Banco de México, un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un representante del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, y será presidida por el Presidente de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, quienes invitarán a participar en sus trabajos a los especialistas que se requiera, que aporten sus conocimientos calificados a los trabajos de la Comisión Consultiva.
El término para la designación de los representantes de los trabajadores y de los patrones ante la Comisión Consultiva será el día 15 de octubre de 2014. Los requisitos que deberán cumplir los representantes designados por cada sector, serán los que establece el artículo 556 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué propone la UNAM?
Tanto la UNAM como el CIDE, han presentado la propuesta ante la Cámara de Diputados para modificar los Artículos 26 y 123 de la Constitución. Así también se prevé la creación de la Unidad de Cuenta del Estado Mexicano y la prohibición del uso del salario mínimo como precio de referencia.
La iniciativa plantea un agregado constitucional en el Artículo 26 para crear la UCEM y para la desvinculación se propone una reforma constitucional al apartado A del Artículo 123 con el objeto de prohibir que el salario mínimo siga siendo utilizado como unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.
En el cuarto artículo transitorio de la iniciativa conjunta se establece que el valor que deberá tener la UCEM será equivalente a 67.29 pesos diarios, que sería actualizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía con base en la inflación anual.
¿Cuál será el Salario Mínimo en el Distrito Federal 2015?
El gobierno del DF ha estado buscando impulsar una Ley general de la unidad de cuenta del estado mexicano para “desindexar” los salarios mínimos de trámites, multas y sanciones, con el fin de un despegue significativo de los mismos.
“Es decir, la eliminación y remoción del concepto como unidad de cuenta, lo cual implica una modificación de decenas de leyes y de centenas de reglamentos de lo más diverso”.
Asimismo, Mancera presentó su propuesta para elevar el salario mínimo a 82.86 pesos para 2015 con la meta de que llegue a 171 pesos para el final de este sexenio.
Es importante destacar que el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, y el secretario de Trabajo y Previsión Social, Alfonso Navarrete Prida, estarán participando durante el mes de octubre en el foro que organiza el Senado de la República para analizar la propuesta del aumento al salario mínimo.
Recordamos que se propuso un aumento de 15.57 pesos al salario mínimo; es decir, que pase de 67.29 a 82.86 pesos, en un primer aumento, y alcance 171.03 pesos en un plazo no mayor a 10 años.
¿Salario Mínimo para el Trabajador Agrícola?
El Congreso Agrario Permanente (CAP) ha elevado hoy el pedido a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) para incluir un ingreso mínimo para el trabajador agrícola.
Lo importante es saber que dentro del tabulador de salarios mínimos y profesionales de la Conasami desapareció el trabajo agrícola. Únicamente se mantiene el puesto de operador de maquinaria agrícola, con un salario diario de 98.61 pesos para la zona A y 93.62 pesos diarios en la zona B, así como el sueldo mínimo profesional para el vaquero ordeñador, con un ingreso diario de 85.05 y 80.23 pesos, respectivamente.
Por este motivo es urgente que los trabajadores agrícolas tengan un salario mínimo profesional y sean inscritos ante el IMSS.
Según el secretario general de la Central Campesina Cardenista, Max Correa Hernández, deberá generarse un aumento del salario mínimo para que alcance los 234.43 pesos diarios para que 2.5 millones de campesinos y 6.5 millones de trabajadores puedan adquirir la canasta básica alimentaria para una familia de cinco miembros.
Hoy en día, solo se puede adquirir el 40% de los alimentos en la canasta básica, calculada por Coneval en 171 pesos diarios.
¿Eliminación de las Zonas Geográficas?
Esta propuesta ya tiene un tiempo vigente, pero ahora la resucita el dirigente de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), Isaías González Cuevas, presentando una iniciativa para establecer un sólo salario mínimo general en todo el país.
Con esto se buscaría terminar con la inequidad en el pago de salarios de los trabajadores pertenecientes a la zona económica geográfica “B”.
Todos los trabajadores serían clasificados en la zona “A” que es la de mayor ingreso salarial y que a la fecha sólo concentra 104 municipios y las 16 delegaciones del Distrito Federal.
Lo concreto es que, las razones que en el pasado sustentaban la división en zonas, hoy carecen de validez por el comportamiento de los precios que incluso evolucionan a mayor velocidad en la zona “B” considerada de “vida barata”.
Recordamos que previamente se promovió la desaparición de la zona “C” que era la de más ínfimo ingreso económico, con lo que se logró un gran avance en la homologación salarial que hoy desea refrendar con el establecimiento de un salario mínimo nacional.
¿Qué propone el PRD?
Según la propuesta presentada por el Grupo Parlamentario del PRD en el Senado se pretende aumentar el salario mínimo de 60 a 82.86 pesos diarios a partir de enero de 2015.
Asimismo, se busca desindexar el salario mínimo como unidad de cuenta para las multas, el pago del Infonavit, los créditos de vivienda, cuotas, prerrogativas, avalúos, indemnizaciones, o cualquier otra obligación o supuesto legal para evitar que el aumento genere un tema de inflación.
Por otra parte, la propuesta incluye incrementar en un 200% el salario mínimo actual vigente en un periodo de seis años, para que en 2020 éste sea de 171 pesos y para lograrlo se plantea un proceso de recuperación por etapas y de manera progresiva..
¿Esto aplica también para Toluca o sólo para el DF?
Santiago, el aumento escalonado hasta 2017 es para el DF. La indexación a una unidad de medida regirá para todo el país. Saludos
¿Mancera se da cuenta del impacto negativo que tendrá en todos los que tienen Crédito Infonavit?
A todos los que tenemos créditos de vivienda en Veces salario mínimo (que no nos da otra opción Infonavit para obtener su crédito) o los que lo desean obtener, la deuda se nos va también a duplicar y obvio se incrementará la inflación…
Lo del factor UMA ¿cuándo quedará formalizado? ¿Es ese factor UMA el que regirá a los Créditos de Infonavit? ¿No será necesario hacer ningún trámite?
De no ser así, que no cuiden el factor en el INFONAVIT, los créditos serán impagables. Estoy muy preocupada.
Gracias
Nelly, el factor UMA si entra en vigencia es desde el 1 de enero de 2015. Se supone que no habrá que hacer nada y reemplazará al actual sistema de ajustes de créditos.
Saludos
¿Qué sucede con los créditos del FOVISSSTE, se moverán también al UMA?
Tanto FOVISSSTE como Infonavit ¿estarían abiertos a cambiar el crédito a pesos si uno lo solicita en los primeros 3 meses del cambio?
Gracias
Ricardo, no es cuestión de querer o no, sino que van a estar obligados. Saludos
Acudí a Infonavit y estipularon que no harán ningún cambio a los créditos que están en VSMD y que únicamente a los nuevos créditos los están otorgando en Pesos.
Porque así lo estipulan las escrituras ante notario y no es modificable… ¿qué hacer al respecto de estas contestaciones de Infonavit?
Eduardo, te estás adelantando a la sanción de las nuevas reglas. Espera a tener la certeza de que va a cambiar algo, hasta que eso no ocurra Infonavit tiene razón. Saludos
Hola, no entiendo, está muy ambiguo, tengo hipoteca de Fovissste, ¿lo voy a poder cambiar a pesos independientemente de lo que digan las pre-escrituras?, es que está muy complicado cada año aumenta y no baja…
En el caso de Bancomer, ¿también cambiará en automático los créditos que estén en salarios mínimos? O ¿qué pasará con los bancos? Gracias
Adrián, aún no ha salido nada concreto sobre este cambio, pero deberían cambiar absolutamente todos los créditos de entidades privadas y públicas. Saludos
Disculpe, podría darme su comentario acerca de ¿cómo beneficia el incremento del salario mínimo a las personas que ganan más que este? Por otra parte, ¿no considera que al aumentar los salarios y con ellos los costos de producción, se genere desempleo y mayor índice de informalidad?
José, sin entrar en discusiones políticas, que no es la intención de este sitio, vamos a ver la realidad. El salario mínimo está atrasado y no alcanza para nada, por lo cual su aumento es inevitable. Sin embargo, el problema está en considerar que un aumento del salario en un 10% es un 10% de aumento de costos finales y de precios al consumidor de los productos. Esa es la mentira que todos creen y así seguimos en el círculo vicioso.
A las personas que ganan más del mínimo no les beneficia directamente, pero pueden tomar el parámetro de aumento para pelear por una mejora de su ingreso. En realidad los sindicatos son quienes deben tomar esta vara para pedir aumentos similares.
No creemos que los costos sean solo “salario”, si mejoráramos en productividad el costo salarial sería una variable como cualquier otra que pueda elevarse sin afectar directamente al costo final.
Saludos
Menos empleos, más carga de trabajo, y los que no ganamos el mínimo y sí debemos Infonavit ¿qué? ¿me puedes decir esto? ¿se trata de perjudicar a la gente? ¿por qué no hacen las cosas de una manera pensante no viendo beneficios políticos. Bienvenido PRI y PRD que poco se tardaron diseñar planes de una forma estupenda ¿de dónde vienen graduados?
¿Los costos de producción? Se incrementarán ¿Pero cómo? Si hasta donde yo sé las utilidades desde empresas hasta los taqueros tienen ganancias similares a USA.
Yo tengo un crédito de Fovissste y debo 207 salarios mínimos con una deuda en pesos de 523,000, si el aumento al salario mínimo incrementa mi deuda se incrementaría de un día para otro a 613,000, lo cual sería a partir del 1º de enero del 2015.
La opción que tengo sería trasladar mi crédito a una institución financiera (banco) para protegerme de este incremento, aunque el banco cobra el 7.5% de interés anual, pero tengo la esperanza de que se autorice otra unidad de medida para los créditos hipotecarios como el UMA, y de ser así ¿cuándo sería la fecha máxima para su autorización oficial publicada en el DOF? sino para proceder a trasladar mi crédito a un banco, y estar en tiempo de realizar este trámite sin verme afectado, gracias.
Enrique, entendemos tu preocupación, que es la de todos los que tienen un crédito de este tipo. Por ahora no conocemos las fechas de cambio y menos las de publicación. Estaremos avisando con anticipación y de seguro te enterarás por todos los medios.
Saludos
Gracias por su respuesta, pero con la respuesta que le da a Enrique ayer 7 de octubre me queda la inquietud, ¿es diferente la aplicación o racionalizan de UMA al crédito Infonavit vs Fovisste?
Ya que de acuerdo a lo que me hizo el favor de responderme, entendí que entrará en vigor el 1 de enero ¿esto es cierto? ¿está o no autorizado?
Disculpe mi insistencia, pero como comprenderá, esto es muy delicado e importante, nuevamente muchas gracias por su respuesta y atención.
Nelly, la idea es que comience desde el 1 de enero. Pero como bien venimos diciendo, aún no está armado esto, ni se conoce su aplicación en concreto, por lo cual no podemos ayudarte mucho más. De momento no está autorizado.
Saludos
2 dudas u opiniones:
1.- ¿El aumento solo sería para DF o sería general? (duda)
2.- Faltan menos de 3 meses para que termine el año, no solamente los que tenemos créditos hipotecarios en VSM estamos expectantes el cambio, sino también los bancos, y quien creen que se enteraría primero ¿bancos o nosotros?, aquí lo que puede pasar es que para cuando nosotros nos enteremos que el aumento es un hecho, los bancos estarán preparados para crear competencia, y no creo que esta sea muy caritativa. Yo opino que los que tienen la tasa más alta con Infonavit, como lo es mi caso, busquen otras alternativas antes de que la única sea “La Ley de Herodes”. (opinión)
Gracias por los comentarios
Jesus, el aumento sería para todo el país del salario mínimo. También hay propuestas de desligar el mínimo del DF del resto del país…
Saludos
Es increíble que se haya pensado el realizar alzas al salario mínimo e indicarlo públicamente como propuesta, sin antes tomar en cuenta la afectación psicológica de los mexicanos acreditados en VSMM…
Antes que nada, debieron buscar deslindar el salario mínimo como unidad de cuenta para las multas, el pago del Infonavit, los créditos de vivienda, cuotas, prerrogativas, avalúos, indemnizaciones, o cualquier otra obligación o supuesto legal para evitar que el aumento genere un tema de inflación.
Efectivamente, el aumento al salario mínimo yo lo veo 100% recaudatorio para el presupuesto gubernamental, ya que en base al salario mínimo se derivan todos los cobros de Derechos, Aprovechamientos y Multas que aplica el gobierno, por mencionar: las infracciones de tránsito por muy mínima que sea la cobran en base a salarios mínimos, las cuotas de IMSS, los créditos de vivienda de Infonavit, las multas fiscales y las no fiscales etcétera. Porque si dejan el salario mínimo para hacer todos estos cobros sería una inflación garrafal, por tal motivo, es muy importante que desliguen el salario mínimo de los aspectos legales, y crear nuevos instrumentos de cobro como UMA en base al índice de precios al consumidor.
¿Cómo se verá afectado el monto de las jubilaciones que están basadas en Salarios Mínimos Generales elevadas al Mes del ISSSTE?
Guido, esas jubilaciones aumentarán al ritmo del salario mínimo. Saludos
Ya leí todos los comentarios de los compañeros que se encuentran en la misma situación que yo y la verdad es preocupante. Tengo una pregunta, si el aumento del salario mínimo es inminente entonces si yo pagaba 6000 pesos de mensualidad, ¿ahora con esto cuánto estaría pagando? porque según me comentan cada año con ese 3% o 4% aumenta un mínimo de 300 pesos tu pago mensual, entonces ¿cuánto estaría pagando?
Miguel, si el ajuste es del 4% pagarías cerca de 6240 pesos mensuales. Saludos
El inminente ajuste al salario mínimo que regirá en 2015 ¿Será independiente del alza anual indexada a la inflación?
En concreto ¿en cuánto se estima que se elevará el salario mínimo que regirá en 2015 y, quién y cuándo lo fijará?
Saludos
No es aumentado el salario mínimo como se puede aumentar el poder adquisitivo de los asalariados, pues al aumentar el salario general, necesariamente aumenta en la misma o en mayor proporción el costo de los productos o servicios que se requieren, para que sigan siendo costeables.
Lo que se requiere urgentemente es un pacto de solidaridad económica entre gobierno y cámaras de comercio e industria para bajar progresivamente el costo de los productos, servicios e impuestos, sin modificar los salarios, para que haya un incremento real de calidad de vida.
Si a los empresarios les bajan el costo de los insumos requeridos, también ellos pueden reducir en la misma proporción el costo de sus productos o servicios y todos resultamos beneficiados, incluso el gobierno.
¿Qué tan cierto es que se encuentra actualmente una iniciativa de ley en la Cámara de Senadores para reducir los salarios mínimos por jubilación a los que dependemos del ISSSTE? Actualmente nos jubilamos con 10 y la propuesta propone que sea con 7. Por otra parte, ¿se pretende que así sea generalizado para todos los pensionados del Magisterio?
Buen día.
Mis observaciones son las siguientes:
1. Hablando de créditos hipotecarios Infonavit o Fovissste, los pagos que como derechohabientes realizamos están grabados en VSMM y en base al sueldo cotizable de cada trabajador. En otras palabras cada año que hay aumento al salario por lógica aumenta el pago que se nos deduce para amortizar nuestros créditos. Por lógica entiendo que si se crea una unidad de cuenta, que parte como base del actual salario mínimo del DF, la cual es más inferior al incremento al salario que se plantea (82 pesos), entonces, en teoría, realmente la cantidad que se nos deduciría como amortizaciones de crédito hipotecario no debería afectar de manera seria la economía familiar.
Por otra parte quienes tengan Crédito Hipotecario Bancario no creo que tengan que preocuparse dado que el pago de su crédito es a tasa y tiempo fijos, es decir aún cuando aumente su salario, sus pagos por concepto de amortizaciones de crédito hipotecario serán las mismas pactadas en sus respectivos contratos.
2. De acuerdo a la CONEVAL, sin mas rodeos, es más que claro que los salarios en nuestro país son los más miserables… es decir en la gran gran mayoría de los casos ni si quiera alcanza para cubrir las necesidades básicas que la Constitución menciona. Con nuestros sueldos en vez de tener un modo digno de vida, apenas y nos alcanza para subsistir, para sobrevivir. En ese orden de ideas, yo creo que el tema de recuperar el poder adquisitivo del salario se debió haber hecho hace muchísimo tiempo, desafortunadamente no existe en nuestro país ni políticos ni gobiernos que realmente les preocupe esta situación. Lamentablemente en nuestro país la corrupción y la muy desigual repartición de la riqueza nacional es pan de cada día. Mexicanos, levantemos la voz y manifestemos nuestras exigencias a nuestros gobernantes para dar solución a la miseria que vivimos.
Señores Legisladores, Diputados, Senadores, Gobernantes pónganse a hacer su trabajo, gestionen lo que sea necesario para mejorar la calidad de vida de quienes depositaron su confianza en ustedes a través de su voto en las urnas, mínimo en agradecimiento a todo el dineral que se embolsan.
No conozco a nadie que trabaje formalmente en una empresa gane 500 pesos o menos, de hecho lo menos que se está pagando es un aproximado de 900 o 1000 pesos semanales, ya sea con prestaciones o bonos… Si la preocupación es el ingreso familiar de los que ganan menos porque simplemente no les aumentan el salario a ellos directamente, para no afectar a todo el país o porque no hacen una iniciativa para bajar impuestos y precios de la canasta básica. Pero no, el gobierno jamás perderá ingresos o reducirá los mega salarios de los gobernantes, diputados, etcétera y así tener más dinero para combatir la pobreza.
Después de leer en diferentes sitios, y de leer todos su comentarios, en lo que se refiere a los créditos en VSM (en mi caso Infonavit), tengo 2 dudas que me tienen muy preocupada.
Si bien me queda claro que los créditos en VSM los van a desligar del Salario Mínimo y que en su lugar entra el UMA o el UCDMX, (lo cual me tranquilizó un poco en un principio), no tengo claro los siguientes aspectos:
-Si el UMA o el UCDMX entra en vigor hasta Febrero de 2015, ¿entonces mi crédito del Infonavit al saltar de año del 2014 al 2015, específicamente en Enero 2015 (que siempre es cuando se ajusta el crédito con el aumento del Salario Mínimo), va a aumentar con el Salario Mínimo vigente en ese momento?, que sería el de $82.85 pesos. O sea, de entrada sí aumentaría un 23% (misma suerte para el aumento de la retención mensual de mi sueldo), suena ilógico, pero nadie habla sobre ese mes y medio en el que todavía no va a estar en vigor el UMA/UCDMX.
– Y por otro lado ¿cuánto es lo que aumentaría esta unidad de medida con respecto al salario mínimo del 2014? ¿algo parecido a lo que venía aumentando en meses anteriores? o ¿sera más o menos?
Sinceramente los créditos Infonavit deberían de estar hechos para el bien del trabajador, no para perjudicarlo.
¿El aumento del salario mínimo operaría también para el incremento de las pensiones de ex empleados del Gobierno Federal en provincia?
1- Si el aumento Salario Mínimo DF 2015: 82.85 pesos – aumento de 15.55 pesos aplica para el 01 enero del 2015 automáticamente mi descuento en enero será de 82.85 VSMD X 49 factor de descuento en hoja de retención de descuento y dará la cantidad mensual a descontar por mi patrón = $4049.00 mensual.
2- Hoy si mi deuda en INFONAVIT es en Pesos $ 314,439.82, en VSMM es 153.714; por estar en $67.29 pesos a partir del 1° de enero de 2014 al aplicar el aumento de Salario mínimo en el DF que será de 82.85 VSMD, entones a partir del 01 de enero del 2015 deberé al Infonavit 155 X 82.85 X 30.4 = a $387,797 pesos aproximadamente.
Fui a Infonavit y me indicaron que el aumento al Salario Mínimo para el 2015 son puras especulaciones y me contestaron que si el Gobierno Federal autoriza tal aumento así está estipulado en las escrituras VSMD.
Esa es mi preocupación. Mucha gente no se da cuenta de lo que esta pasando. Ya ven lo que paso con las UDIs, ya lo hicieron una vez.
Quedo a la espera de comentarios
¿Qué opinan al respecto?
Dicen en INFONAVIT que tu mensualidad no podrá ser mayor al 30% de tu salario integrado.
Creo que no es cierto esto, ya que nunca varía el descuento, aunque tu pago mensual sí dependiendo del bono y comisiones que recibas.
Salario Diario Integrado (SDI) es el que debe utilizar el patrón para calcular el monto de las aportaciones y de los descuentos por créditos de vivienda que debe reportar al Infonavit.
Este salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
Los créditos Infonavit están tasados en VSM, incluyendo la mensualidad, es decir, si tu mensualidad te la tasaron en 2 VSM, cada año que aumente el Salario Mínimo, tu mensualidad aumentará.
A diferencia de Fovissste, a pesar de que Fovissste su crédito es VSM, el descuento es el 30% de tu Salario Básico, y para este caso, cada año tu deuda aumenta, sin embargo seguirás pagando el 30% de tu sueldo básico.
Lo que se tiene que revisar con el crédito Fovissste, es que tu 30% de tu mensualidad pueda cubrir los intereses cada 15 días, y que puede irse a capital parte de ese pago.
De lo contrario tu mensualidad primero cubre los Intereses + Seguro y si sobra, lo pone a capital. También es un mito, que Fovissste cobre Intereses sobre Intereses, ya que Fovissste calcula los intereses sobre el capital cada quincena, si no alcanza a pagar la mensualidad lo va sumando al Saldo Insoluto.
Si les interesa tengo un simulador fovissste para que se den una idea. Saludos
Buena tarde, acabo de ver en Milenio con Luis Carlos Ortiz, que autorizaron desligar el salario mínimo como referencia para multas, créditos, etcétera y deben modificar 180 artículos a la ley. Solo que cuando vi la noticia ya había comenzado, ¿me pueden comentar algo a este respecto?
Muchas gracias.
Nelly, aún no hay mucha más información, cuando aparezcan las modificaciones lo informaremos. Saludos
En Fovissste a los que tenemos créditos hipotecarios y que somos jubilados, el contrato dice que los intereses son mensuales y Fovissste los cobra quincenales, es un abuso ya basta de permitir que nos estén robando descaradamente, dejemos de pagar impuestos, es tiempo de unirnos.
Efectivamente como mencioné, los intereses que usa Fovisste los cobra mensuales, pero es basado en los días calendario, por ejemplo, si tienes una tasa de interés de 4.5%, entonces la tasa de interés diaria, seria 4.5 / 1200 / 30, esa es la tasa de interés diaria, y como el pago es cada 15 días, lo que te salga de esa fórmula, lo multiplicas por 15 para meses de 30 o 31 días, o 14 para los de 28 o 29 días. Eso te da el interés quincenal.
Hola, buena tarde. He estado pendiente sobre la desvinculación del nuevo salario mínimo 2015 respecto de los créditos Infonavit en base a la nueva UMA, pero no tengo la certeza pues la información es ambigua. Tengo un crédito Infonavit firmado desde hace años y me preocupa el aumento que tendrá en 2015. ¿Estaría confirmada la aplicación de la UMA para los créditos que se pagan en VSM ya contratados? Cualquier información, les agradecería. Mil gracias.
Ya está publicado el dictamen que se está discutiendo en la Cámara de Diputados. Lo importante son los Transitorios del decreto por el cual se modifica la Constitución. Ver aquí.
Muy atinado tu comentario, no leí cada uno de los transitorios, pero si puse atención a la propuesta del ejecutivo de respetar como máximo el aumento de los créditos en VSM en el valor de la unidad de actualización indexada a la inflación. Como bien apuntas, lo importante de los próximos días hasta el decreto es conocer como quedará aprobada y redactada la versión final.
¿Y entonces? ¿El 1º de enero Infonavit actualiza la deuda en VSMM de DF?
Paty, según anuncian empezarán a pasar los créditos durante el primer trimestre de 2015. Saludos
Ojalá sea como entendí, dios quiera, el descuento para crédito Fovissste será del 30% del sueldo y para aumentar el crédito se hará en UMA. ¿Entendí bien?
Buenos comentarios en verdad, y es una plataforma para aclarar nuestras dudas que son muchas, sobretodo considerando que es un cambio el que se viene y debemos de cuidar que no nos afecte en la economía familiar.
Mi opinión es que, desde que se utilizó el salario mínimo como referencia (créditos, multas, Infonavit, etcétera), se merma el poder adquisitivo del trabajador, sin embargo en los contratos laborales no se utilizan, es decir, si mi contrato especificara cuantas veces salario mínimo me pagarán por jornada laboral, al aumentar aumentar el salario mínimo, mi patrón estaría sujeto a realizar el incremento directo a lo que debe ser mi salario. Yo creo que esto de la UMA es solo darle la vuelta a la tortilla y las cosas seguirán igual. Para quienes percibimos más de un salario mínimo diario, aumenta todo lo demás menos nuestro salario.
Hola
Duda, entonces ¿uno debe acudir al Infonavit , para realizar el cambio a UCDMX, o este cambio se realizará en forma automática por parte del Infonavit?
Gracias
Los créditos INFONAVIT están sujetos al cambio de los salarios mínimos en en D.F. Es decir cada que aumenta el salario mínimo general en en D.F. aumentan tanto el capital como las mensualidades, entonces con estas nuevas medidas ¿cómo quedaran nuestros créditos hechos en VSM o cómo afectaran con la UMA?
Gracias
Quisiera saber si alguien podría decirme si en las escuelas particulares se paga más por el aumento de salarios y qué tanto por ciento se aplica.
Hola, tengo una duda respecto a la Modificación al Salario en el IDSE, ¿si el empleado no tiene el salario mínimo se tiene tiene que hacer alguna modificación al salario? y si es así ¿qué porcentaje?.
Gracias.
Hola buenas tardes, tengo 2,dudas, a ver si me pueden ayudar.
1.- Hace 3 meses verifiqué en Infonavit las condiciones de pago para sacar una casa y a partir de esta fecha hubo un incremento de 300.00 pesos en los pagos semanales, o sea que voy a estar pagado semanalmente 1080.00 pesos, El detalle es que al incrementar año con año si mi casa tenía un valor de adquisición de 508,000.00 con el aumento anual voy a pagar casi lo doble de dicha cantidad por lo que realmente no tenemos beneficio alguno o ¿cómo se calculará el incremento? ya que de lo contrario se hará una deuda impagable, o no habrá más incremento anual.
Porque si incrementa el salario diario pero a los que tenemos un sueldo por encima del salario diario no tenemos aumento salarial, pero sí nos afecta mucho esto, el descuento. Debido a que Infonavit está calculando el 30% sobre el salario directo y el impuesto que pagamos del salario es también del salario directo, o sea que aún así no obtenemos algún beneficio.
2.- Se supone que como beneficio al aumentar el salario diario habrá un mejor pago en aguinaldos y utilidades, pero en mi caso trabajamos en seguridad desde hace 3 años venimos cobrando las mismas cantidades ¿habrá alguna ganancia en esto?
Para el área de Tijuana ¿habrá aumento? porque en la maquila donde trabajo nos dijeron que no se nos iba aumentar.
Abraham, lo que sucede es que si cobras más que el mínimo no aumentan automáticamente. Deberían reclamar. Saludos
Disculpa, si gano el salario mínimo ¿por qué la empresa donde trabajo me descuenta impuestos? como 200 pesos por semana.
Saludos, ¿cómo va a quedar lo de UMA? ¿se va a actualizar automáticamente con Infonavit o tenemos que hacer algún trámite para no vernos afectados? Es increíble que pueda aumentar hasta el doble nuestro crédito en 2 o 3 años. Por favor aclaren urgente para buscar otras opciones (bancos). Gracias
El salario mínimo nadie lo gana. ¿Quién puede mantenerse con 70 pesos diarios? el que menos gana son 200 y con 6 mil pesos mensuales en México se vive feliz, pobre pero feliz.
Disculpa pero de acuerdo a tu comentario considero tu no habitas en este planeta… claro que existe pobre gente trabajadora, repito, trabajadora que perciben $70.00 diarios por sus servicios. Dichoso tu que a lo mejor por hacer menos de lo que estos trabajadores hacen, recibes una buena remuneración… felicidades… evita hacer comentarios tontos.
Tengo una enorme duda, en relación a este aumento del salario mínimo, corrijanme si me equivoco pero se supone entró en vigor el primero de enero del presente año, ¿en qué momento empezaré a percibir ese aumento del salario mínimo? ya son casi 3 meses de este año y no he notado diferencia.
Si cobrabas el mínimo debería ser a partir de enero. Saludos
¿Cuánto aumentó el salario mínimo de 2014 a 2015?
Fran, aumentó un 4.2%. Saludos
Una empresa aún no ha otorgado ni autorizado el salario mínimo a sus empleados aún después del 20 de mayo del presente. ¿Es legal que no integre este aumento?
Ramón, claramente no es legal que no haya aumentado. Saludos
Entonces ¿cómo se les castiga o cuál es su sanción? ya que van a pasar 3 meses sin el aumento y nadie ha recibido nada.
Ramón, si nadie hace la denuncia correspondiente nunca habrá sanción de ningún organismo. Saludos
Si el aumento del salario mínimo entró en vigor el 1 de enero del 2015 y no se me ha pagado nada hasta la fecha del 9 de junio del 2015, ¿se me tiene que pagar retroactivo y qué porcentaje de acuerdo a mi salario diario?
Francisco, si tu salario es mayor al mínimo no hay obligación de ajustar nada. Saludos
Hola, ¿qué pasa si mi empresa no me da el aumento salarial por ley? estamos en junio y aun no nos dan el aumento al personal de confianza y nos dicen que no lo autorizarán. Es una maquiladora extranjera instalada en México.
Iván, si cobras por sobre el mínimo no hay obligación de aumentar. Saludos
Para mi todo eso es falso. Solo creo en DF se aplica y la zona norte pero las partes de Veracruz, Michoacán, Tijuana y otras ciudades, el salario está muy arriba de los ochenta. Es una pena que el salario sea de 70 pesos por turno. No vale la pena porque no alcanza ni para la canasta básica que está muy cara.
Pero que el aumento sea verdad porque en Morelos con Graco no hemos tenido ningún aumento desde que tomó posesión de gobernador, al contrario nos espanta con despedir gente.
La verdad es que es muy bueno que aumenten el salario mínimo. Sin embargo, nuestros brillantes diputados deberían desvincularlo de los préstamos hipotecarios ya que esto nos quita todo el aumento a los que tenemos este tipo de préstamos.
Si trabajo en Walmart, y percibo un pago de $132 diarios, ¿también es posible que se haga un ajuste al salario o no?
Santiago, ganas más que el mínimo, dudo que se ajuste algo. Saludos
Si tengo pensión definitiva por parte del IMSS ¿También aumenta la cantidad que recibo dado que cobro la mínima cantidad de la pensión?
Ángel, claro, tu pensión debe ajustarse a medida que aumenta el salario mínimo.
Saludos
Al final ¿cómo quedo la UMA? ¿entró en vigor? los créditos de Infonavit que en este 2015 se entregaron en VSM ¿podemos solicitar algún cambio o será en automático?
Gracias.
Franco, lamentablemente no hay ninguna novedad al respecto. Saludos