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Quiero saber cómo interpretar el artículo 76 de la LFT donde dice que "Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios".

En Internet algunos toman desde el año 5 al 9 corresponden 14 días y otro dicen que del año 4 al 8 son 12 días.

Agradeceré la ayuda.

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Rocío, nosotros consideramos que desde el quinto año son 14 días. En el cuarto siguen siendo 12.

Saludos

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