0

Buenas tardes, tengo un par de dudas, la primera es ¿cuánto tiempo se puede atrasar mi patrón en hacer mi pago quincenal? y la segunda ¿Puede extender mi horario de trabajo (el horario laboral que señala mi contrato es de 7 a 15) sin aumentar mi salario?

0

Frida, el pago quincenal debería hacerse a mas tardar una semana posterior a finalizada la quincena. De todas formas, si la empresa tiene problemas financieros quizá pueda estirar un poco más, pero siempre que pague dentro del mes estará en orden. Y en cuanto a la extensión de tu horario, debería pagarte horas extra.

Saludos

0

Comprendo, por ejemplo: si la quincena correspondiente al 30 o 31 del mes, tendría una semana para pagarme o más, mientras no pase del mes que esté corriendo. ¿Es así?

0

Frida, claro es así, si renuncias o te despiden el día 20, cobrarías esos 20 días del mes como tu salario habitual proporcional, además de la indemnización. Saludos

0

Muchas gracias

0

Me acaban de despedir el día de hoy, pero no sé cuánto me corresponde de liquidación. El 1° de agosto cumplí 7 años de antigüedad.

Tu Respuesta