0

Hola buenos días.

Llevo 2 años y meses trabando en una empresa. Voy a renunciar y no me han dado mis vacaciones de mi segundo año de trabajo. Yo entré el día 19 de abril del 2012 a laborar y quisiera saber cómo es que me tienen que hacen el cálculo de las vacaciones si solo me tiene que pagar la prima vacacional de mi segundo año que he laborado o si me tienen que pagar mi prima por los días después de cumplir mi segundo año en la empresa.

Espero y sea entendible mi pregunta.

Que tenga una buena tarde.

0

Ana Lidia, vamos a ver si comprendimos bien la pregunta y pasamos a responderte. En primer lugar, el finiquito es paralelo a las deudas que la empresa tenga contigo. Es decir, si todavía te deben vacaciones de 2013, deberían pagártelas o en su defecto, tomarte esos días de descanso. Por otra parte es la liquidación por finiquito en donde se incluirá el proporcional a los días trabajados de este año en concepto de vacaciones no gozadas.

Saludos

0

Lo que quisiera saber es lo siguiente: ¿para el 2014 se toman en cuenta los días después de haber cumplido el año de trabajo de acuerdo a la fecha en la que entré, el 21 de abril, o se toman a partir del 1 de enero?

Tu Respuesta