Impuestos sobre los Salarios

En México los salarios no están fuera del régimen de gravámenes aunque puedan estar exentos en algunos casos.

Existen diferentes gravámenes que alcanzan a los trabajadores, algunos directamente y otros de forma indirecta. Entre los impuestos que perjudican el bolsillo de los empleados, podemos destacar el ISPT, el ISR, el ISN, entre otros.

¿Qué es el ISPT?

El ISPT o mejor conocido como el Impuesto Sobre el Producto del Trabajo, es un gravamen que alcanza a todo lo que se produzca por el trabajo personal, o bien, el trabajo asalariado.

Hay que destacar que, muchos no saben de dónde proviene este impuesto, pero no escapa a un detalle: nace de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que ha utilizado este nombre hasta la década de los 70’s y posteriormente simplemente le llamo Impuesto sobre Salarios.

Actualmente, en este año, se aplicará el ISPT 2020 que alcanzará todo lo producido a partir del trabajo.

Otro punto a tener en cuenta es que, generalmente es querer gravarlo todo, por lo que las partes exentas del ISPT 2020 son mínimas.

¿Qué salario está exento de ISPT?

Como bien dijimos, no hay un gran margen de exención sobre este impuesto, pero algo es algo. Lo que tenemos en claro que la exención está expresada en veces el salario mínimo general, por ejemplo el aguinaldo está exento del ISPT hasta 30 veces el salario mínimo (ahora Unidad de Medida y Actualización) y lo que exceda este límite inferior se grava.

¿Cuándo y cómo se paga el ISPT?

A diferencia de otros impuestos, el ISPT provisional se retiene a través de la nómina y es enterado al SAT en forma mensual a más tardar el día 17 del siguiente mes a su retención.

¿Cuánto pagamos de ISPT?

Para conocer el monto a pagar, debemos utilizar las tablas de ISR y calcular nuestro impuesto mensual.

En virtud de esto dejamos la tabla de ISR aplicable a 2020 a continuación:

Límite InferiorLímite SuperiorCuota Fija% sobre excente de límite inferior
$0,01$496,07$0,001,92%
$496,08$4.210,41$9,526,40%
$4.210,42$7.399,42$247,2410,88%
$7.399,43$8.601,50$594,2116,00%
$8.601,51$10.298,35$786,5417,92%
$10.298,36$20.770,29$1.090,6121,36%
$20.770,30$32.736,83$3.327,4223,52%
$32.736,84$62.500,00$6.141,9530,00%
$62.500,01$83.333,33$15.070,9032,00%
$83.333,34$250.000,00$21.737.5734,00%
$250.000,01En Adelante$78.404.2335,00%

Asimismo, podemos usar la siguiente calculadora de ISPT:

La mejor manera de aprender a calcularlo es mirar el video que sigue (descargue el excel de cálculo aquí):

ISR sobre salarios

El ISR o Impuesto sobre la Renta es un gravamen que alcanza y molesta a todos los mexicanos. Algunos tienen la suerte de no pagarlo, pero son aquellas personas que no tienen un trabajo registrado o su salario no alcanza para mucho.

En este sentido, hay que saber que tanto las personas físicas como morales deberán únicamente abonar este impuesto si poseen ingresos, en cualquiera de las siguientes categorías:

  • Salarios percibidos por servicio subordinado
  • Actividades profesionales
  • Arrendamiento o uso de bienes inmuebles
  • Intereses obtenidos
  • Premios obtenidos
  • Dividendos y ganancias repartidos por personas morales
  • Enajenación de bienes

ISR sobre Horas extra

Cuando cobramos horas extra, tenemos un plus mensual que agranda nuestra base imponible y nos genera mayor carga impositiva. Pero siempre nos preguntamos ¿cómo se consideran las horas extras en el cálculo del ISR?

Lo que debemos tener presente es que hay 3 reglas para calcular este rubro. En base a lo que indica la Ley Federal de Trabajo, las primeras 9 horas extras que se presten por semana serán dobles (se pagarán un 100% más) y las que excedan del límite serán triples (se pagarán un 200% más), al igual que las prestadas en los días de descanso.

Las reglas serán:

  • Primera: un trabajador que percibe Salario Mínimo General área geográfica A, hasta por nueve horas extras por semana estará exento.
  • Segunda: el trabajador gana más de un Salario Mínimo General del área, entonces el 50% de las horas extras será gravado y el otro 50% será exento.
  • Tercera: Esta tercera regla debe tener como paso previo la segunda regla, a su vez, la segunda regla a su vez debe sujetarse a esta tercera regla que dice: si la parte exenta excede el límite de 5 Salario Mínimo General diarios del área A, la parte que exceda será gravada.

Algo complejo de entender, pero a modo de ejemplo si una persona labora más de 48 horas a la semana se pagan doble y cuando exceden las 9 horas de tiempo extra, se pagan triple. En base a esto, podremos ver cuáles son exentas y cuáles gravadas.

ISR sobre el aguinaldo

Otro de los conceptos del salario que nos pone en duda sobre su régimen fiscal es el aguinaldo dentro del cálculo del ISR.

Para quienes no lo tengan presente, el aguinaldo es una gratificación anual obligatoria que el patrón debe otorgar al trabajador, que se eleva a un mínimo de 15 días de salario por año, siempre que haya laborado durante todo ese periodo.

Claro está que, una vez que tengamos calculado el aguinaldo correspondiente, lo importante es obtener la parte exenta y la parte gravada.

En este sentido, exenta estará la equivalente a 30 Salarios Mínimos Generales del área A, siempre y cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general, es decir, a todos los trabajadores. En el caso de que el salario del trabajador sea menor al mínimo y su aguinaldo no supera los 30 Salarios mínimos Generales, entonces estará exento, incluso si se calculó sobre una base superior a la mínima. 

ISN y el Salario

Otro de los gravámenes que afecta a los trabajadores es el Impuesto Sobre Nóminas o ISN. En este caso, no es a nivel nacional sino que se trata de un impuesto estatal que tiene como objeto la realización de pagos de dinero por concepto de remuneraciones al trabajo personal en relación de dependencia.

Vemos entonces que, este gravamen alcanza a conceptos como sueldos y salarios; horas extras, bonos, primas, entre otros más.

Para el cálculo, declaración y pago del ISN, según su la ley se incluye el monto de los pagos realizados a sus trabajadores, menos la cantidad equivalente a 8 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Estado elevado al mes.

Componentes de la Base imponible del ISN

  • Sueldos y salarios
  • Tiempo extraordinario de trabajo
  • Premios, primas, bonos, estímulos e incentivos
  • Compensaciones
  • Gratificaciones y aguinaldos
  • Participación patronal al fondo de ahorros
  • Primas de antigüedad
  • Comisiones
  • Pagos realizados a administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos de vigilancia o administración de sociedades y asociaciones

¿Cómo calcular el ISN?

Al igual que los restantes impuestos progresivos, el ISN tiene por lo menos menos 3 elementos:

  • Base imponible
  • Tabla progresiva
  • Tasa aplicable

Cuando tenemos todos estos datos, debemos utilizar la tabla que vemos a continuación para efectuar el cálculo del ISN:

"A""B""C""D"
DeHastaCuota MinimaPorciento para aplicarse al excedente de la cantidad consignada en la columna
(en pesos)(en pesos)(en pesos)"A"
0.0033,074.140.001.00 %
33,074.1566,148.31330.731.10 %
66,148.3299,222.45694.551.20 %
99,222.46132,296.611,091.451.30 %
132,296.62165,370.731,521.401.40 %
165,370.74198,444.911,984.461.50 % 
198,444.92231,519.082,480.561.60 %
231,519.09264,593.193,009.741.70 %
264,593.20297,667.353,572.011.80 %
297,667.36330,741.504,167.341.90 %
330,741.51363,815.644,795.752.00 %
363,815.65396,889.815,457.232.10 %
396,889.82429,963.966,151.782.20 %
429,963.97463,038.106,879.422.30 %
463,038.11496,112.267,640.112.40 %
496,112.27529,186.418,433.922.50 %
529,186.42En adelante9,260.752.60 %

Para utilizar esta tabla correctamente, debemos ubicar entre qué límites se encuentra nuestra base. Suponiendo que la base imponible sea de $145,000, estaríamos dentro de la octava fila que va desde 132,296.62 a 165,370.73 pesos mexicanos.

Entonces, tenemos nuestros datos que son los siguientes:

  • Base imponible: $145,000
  • Límite inferior: $132,296.62
  • Límite superior: $165,370.73
  • Tasa: 1.40%
  • Cuota Fija: $1,521.40

Para calcular ahora debemos seguir estos pasos:

  1. Base Imponible: $145,000
  2. (-) Límite Inferior: $132,296.62
  3. (=) Excedente sobre límite inferior: $12,703.38
  4. (x) Tasa aplicable sobre excedente: 1.40%
  5. (=) Impuesto marginal: $177.85
  6. (+) Cuota Fija: $1,521.40
  7. (=) Impuesto sobre nóminas final = $1,699.25

Si no ha quedado del todo claro, el video y el excel descargable harán el resto:

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104 responses to “Impuestos sobre los Salarios

  1. Creo que los pagos por la prima vacacional y aguinaldo no deben de ser sujetos del pago de impuestos. Simplemente porque se pagan en períodos largos, además los salarios mínimos son por sueldos correspondientes a un mes de trabajo.

    Cabe mencionar que, la prima vacacional se incluye dentro de las percepciones de trabajo en el período vacacional y, al incluirlos, se eleva la base de impuesto en un mes y la prima vacacional es por más de cuatro, cinco o seis meses.

    1. Sabemos que la carestía de la vida que ahora esta pasando en el país, es muy difícil sobre todo cuando se trata de pagar impuestos, cuando sabemos que el salario no alcanza en estos tiempos y sobre todo ya está impuesta una cuota fija del excedente inferior y mas aún un porcentaje muy grosero a la diferencia de los excedentes de los salarios mínimos. Si cada año el salario mínimo apenas se deja ver con un alza del 3.9% como sucedió este 2013. Disculpen pero es para pensarlo. El valor adquisitivo ya no existe para los mexicanos.

    1. Lau Armenta, debes usar el DeclaraSAT 2013 para la del año pasado o esperar al DeclarSAT 2014 para este año. Para hacer la declaración llenas el programa con los datos que te pide y listo.

      Saludos

  2. Hola, en mi empresa me liquidan cada mes, sin embargo cada mes me cobran mas ISPT por la liquidación otorgada, me liquidan con solo parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional ¿esto es correcto? en noviembre de 2012 empezaron reteniéndome $30.82 y en noviembre de este año ya eran $172.70, ¿alguien me puede decir si esto esta correcto o me están calculando mal mis prestaciones?

    1. Mariel, puede ocurrir que si entraste a trabajar en noviembre 2012, sólo te hayan retenido por lo cobrado ese mes, y por eso era mucho menos. Lo que sucede cuando vas acumulando durante todo un año de salario, la retención va incrementando, aunque siempre es la parte que supera al acumulado del mes pasado. Si tuviste un aumento de salario puede ser correcto. Ahora bien, hay que ver qué tasas están aplicando. ¿Tienes algún resumen con todos los valores para que podamos ayudarte más?

      Saludos

  3. En mi trabajo como enfermera, obtuve una gratificación extra, que da la Secretaría de Salud, ¿es correcto que nos retengan impuestos?

  4. Saludos, planteo: entré a trabajar el 10 de junio 2013 y cada mes en la empresa me deducen 1SR ($154.00), pero en este mes de diciembre me retienen una cantidad muy alta ($1,509.87) en comparación con la cantidad normal mensual y me dicen que es debido a mi ingreso acumulable el que se haya hecho un “ajuste” del ISR y por la Miscelánea Fiscal 2013… ¿esto es correcto o la empresa está en un error?

    De antemano agradezco mucho su apoyo porque nadie me lo ha podido dar,

    ¡Muchas Gracias!

    1. Edgar, es posible que así sea dado que en el mes de diciembre se dan pagos adicionales como retribuciones, gratificaciones y aguinaldo, además de capaz vacaciones, y todo suma a ello.

      Saludos

  5. Buen día ¿qué diferencia hay entre ISPT e ISR y si todavía se aplican los 2 a los ingresos?

    Gracias

    1. Karina, no hay diferencia alguna, dado que sólo se aplica el ISR que ha reemplazado al ISPT.

      Saludos

  6. ¿Cuál es el salario mínimo para saber e ir a declarar los impuestos o a partir de qué salario debes de ir a declarar?

  7. Buen día.

    En mi empresa me pagan viáticos y horas extras. De los viáticos por contrato son 400 pesos diarios de los cuales la empresa nos retiene 50 pesos por pago de impuestos y también retiene un porcentaje por horas extras. Pero en nuestro recibo de nómina el cálculo de impuestos lo hacen en base a todas las percepciones del mes (Salario + bonos + viáticos + horas extra). ¿Es correcto que hagan esto ya que ellos están reteniendo una parte de horas extras y viáticos por supuestos impuestos?

  8. Me proponen una vacante de pagos por honorarios, de 10,900 brutos mensuales. No sé como funciona eso de pagos por honorarios, no sé tampoco si me conviene.

    ¿Cuánto vendría ganando realmente al mes? Soy Licenciada y actualmente estoy asalariada con 7,000 mensuales y prestaciones de Ley.

    Si me pudieran explicar con un desglose o algo así, que yo entienda, ya que no me entra muy bien la economía.

    Me urge ya que debo acudir a entrevista y aplicación de pruebas.

    Mil gracias

    1. Elena, de tu salario sólo de impuesto te retendrán cerca de 1200 pesos. De eso tendrás que pagarte tus aportes y gastos de salud, por lo cual, será casi lo mismo que ganas ahora, pero un poco más. Te recomiendo que te indiquen bien qué gastos te generará para que puedas hacer bien la cuenta.

      Saludos

  9. Hola buenas tardes estoy calculando una diferencia de sueldo de un pensionado. Esto se ganó mediante juicio lo que quiero saber si el ISR se aplica retroactivo o el actual (la condena es partir del año 2008).

    1. Ale, se aplicará por todo concepto que sea gravado en la actualidad o bien cuando las leyes respectivas estaban vigentes, dado que la condena también es por ingresos de salarios. No así los conceptos indemnizatorios extra.

      Saludos

  10. Hola buenos días, una pregunta, trabajo para el Gobierno del Estado, mi sueldo mensual es de 18,000 pesos, yo venía pagando el ISPT, dicen que ahora voy a pagar el ISR con la reforma, ¿esto es posible o puedo seguir pagando el ISPT? Gracias

    1. Daniel, el ISPT y el ISR son el mismo impuesto. El ISR reemplazó hace años al anterior.

      Saludos

  11. Trabajo como empleado (asalariado) dentro de la secretaría de salud de una entidad federativa. Tengo mi salario base el cual se refleja en mi recibo de nómina y descuento de ISR, aunado a este ingreso, me depositan un ingreso extra “compensación” “sobresueldo”, ingreso por el cual gobierno del estado no me descuenta ISR ni me da recibo de nómina.

    ¿Puedo llegar a tener problemas con hacienda por este ingreso extra? que cabe mencionar es una práctica “común” entre gobierno federal y los gobiernos estatales y municipales. ¿hay alguna legislación al respecto?.

    Pregunto porque quiero comenzar a deducir impuestos por un crédito hipotecario y colegiatura de mis hijos.

    Gracias de antemano por su respuesta.

    1. Carlos, lo lamentable es que el gobierno te pague como si no estuvieses registrado aunque sólo sea una parte de tu salario. Problemas no tendrás pero ese ingreso no podrás justificarlo.

      Saludos

  12. Hace algunos días comencé a laborar en una empresa como técnico de CCTV y me di cuenta en mi primer pago que me descontaron 90 pesos de impuestos por dos días de salario ¿esto a qué se debe si mi salario es de 8000 pesos mensuales y según las tablas ubicadas en la parte superior de esta página el descuento total mensual no debería rebasar los 600 pesos?

    1. Jovanni, nos parece que te están calculando mal. Lo más probable es que hayan cometido un error. Pide la liquidación. Saludos

  13. Buen día, soy trabajadora del gobierno estatal y quiero saber si ahora que tendremos que pagar impuestos sobre todo lo que recibimos como sueldo ¿esa retención podrá ser sujeta de devolución?

    1. Yazmin, si tras las deducciones y cálculo de ISR, al restarle las retenciones queda saldo a favor, tendrás devolución, claro está.

      Saludos

  14. Saludos. Tengo una duda. Trabajo para una empresa y gano 1400 pesos semanales o lo que es igual a $5600 al mes. No me dan recibos de nómina, solo el sobre con mi sueldo semanalmente. ¿Debo pagar impuesto? En caso de que si ¿quién lo hace, la empresa o yo?

    En la empresa siempre me dicen que eso lo ve el contador. Pero quiero estar seguro porque no quiero tener problemas a la larga y que me diga hacienda: Buenos días señor, solo para informarle que ya nos dinero.

    Les agradezco la atención.

    1. Rodolfo, por lo que comentas te encuentras como trabajador no registrado. Por lo cual tampoco debes estar dado de alta en el IMSS. Esto es un delito por parte de la empresa, y deberían registrarte y pagar lo que corresponda. Por lo pronto no pagarás impuestos porque el dinero que recibes el SAT no lo sabe, pero tranquilamente pueden ver tus consumos con tarjeta, en caso de tener, y preguntarse cómo haces a comprar cosas si no declaras ingresos.

      Saludos

  15. Hola me pagan 900 pesos a la semana y no me dan IMSS, ¿aún así me pueden descontar ISR? y en caso de no ser así ¿a dónde puedo recurrir?

  16. Hola. En mi empresa comenzaremos a otorgar al personal el concepto de “gratificación quincenal” es una cantidad fija y se otorgara quincena tras quincena, mi pregunta es: ¿este concepto grava para ISR?

    Muchas gracias por la orientación

    1. Jacqueline, por su índole quincenal y dado que será algo habitual, estará alcanzada para el ISR.

      Saludos

  17. Aprovechando su amabilidad, quisiera consultarle, existen otros conceptos que están por integrase a nuestra nómina, los cuales son: cuotas de seguridad, previsión social, ayuda por servicios y apoyo familiar, estos son también fijos y constantes y se entregarán de manera económica, mi pregunta sobre ellos es, ¿integran para determinar el SBC del IMSS? o ¿existe alguno de ellos que por su característica la LSS lo contemple como exento?

    De antemano le agradezco sus atenciones.

  18. En la declaración mensual (en el formato que se llena) ¿donde se pone el ISPT? y para este caso ¿se tiene que sumar a las deducciones el importe que se va a la cuenta de salarios? gracias por la atención.

    1. Anai, se supone que si estás por salarios te hacen retenciones, no debes presentar declaraciones mensuales. Saludos

  19. Buen día. Trabajo como médico en una farmacia, no recibo un salario si no que cada consulta que llega es la que me queda… siempre he tenido la duda si tengo que pagar algún impuesto si no tengo un salario semanal ni mensual… el ingreso anual está entre 130 a 170 mil. No utilizo tarjetas de ningún tipo y no tengo ningún otro tipo de trabajo. Muchas gracias.

    1. Diana, para estar en regla podrías ser trabajadora por honorarios, pero lo mejor sería que tu patrón te registre y pague el IMSS y otras prestaciones. Allí pagarías ISR como todo el mundo.

      Saludos

  20. Hola tengo duda. Mi novio viene a trabajar a México, él es de Alemania. Viene contratado por una empresa alemana. Pero al estar aquí le dijeron que tiene que hacer declaración de una parte de su sueldo que será pagado en pesos y otra parte será depositado en una cuenta en Alemania (dicen que también tienen que declararlo y pagar impuestos) ¿esto es necesario?

    Y ¿qué impuestos tendría que pagar y cómo? no tenemos idea.

    Gracias saludos

  21. Hola. Me gustaron mucho los comentarios y la asesoría. Soy abogada y me desempeño en diversas áreas, sobre todo en juicios laborales. Me gustaría saber si tiene una página en la que hagan publicaciones sobre los temas aquí expuestos. Gracias

    1. Mariela, de momento no tenemos ningún sitio que se encargue de temas de asesoría legal laboral. Saludos

  22. Hola, primeramente felicitarlos por el artículo, está muy claro y con muy buena información. Actualmente en la empresa donde trabajo están planteando hacer unas modificaciones en la forma de pago a los trabajadores.

    Contamos con un sueldo base que nos pagan cada 2 semanas, más comisiones. Nosotros estamos registrados en el seguro con una cantidad al rededor del 30% del sueldo base, y siempre nos pagan el 30% y en otro depósito en firme el 70% restante. En cuanto a las comisiones nos pagan el día 15 de cada mes. Todo esto lo hacen en una misma cuenta.

    Hace unos días, nos pidieron que pasáramos una credencial de elector para generar una nueva cuenta, esta persona, deberá ser mayor de edad, no estar trabajando ni cotizar seguro, ni tener actividad fiscal de ningún tipo. Esto para poder hacer el pago de comisiones de los siguientes meses.

    Esto me trae muchas inquietudes, debido a que no sé mucho del tema y no quisiera meter en líos a una persona por el echo de evadir impuestos. ¿Alguien me podría ayudar con esto?

    1. Rolando, claramente lo que van a hacer es dar de alta como empleados a otras personas que no tengan ingresos y a través de ellos evadir impuestos. Yo creo que deberían ponerse de acuerdo todos los empleados en plantilla e impedir esto.

      Saludos

  23. Hola, trabajo para una dependencia estatal y varios compañeros están haciendo trámites para solicitar sus retenciones del ISR del período 2009 al 2013, mi duda es si eso es posible, sin que implique que tenga que hacer mi declaración anual.

  24. Muy buen día, primero que nada permítame enviarle una felicitación por esta maravillosa explicación y un cordial saludo, mi duda es: gano alrededor de 14000 pesos mensuales, 5600 de salario base, lo demás en comisiones, mi mamá gana lo mismo solo que ella es 2000 pesos de salario base y lo demás de comisiones. Trabajamos en diferentes empresas, pero quisiera saber a qué se debe que a mí en mi nómina me descuentan 2800 de ISR y a ella 600 de ISPT, ya que me gustaría que me descontaran lo mismo que a ella.

    Saludos.

  25. Trabajo en gobierno estatal por honorarios, por quincena me descuentan 750.00 de ISR, ¿se puede solicitar la retención del ISR? tengo 2 años trabajando, ¿que papelería necesito? mil gracias

    1. Angélica, lo que debes hacer es presentar por tu cuenta la declaración anual y con ello podrás solicitar la devolución si tienes saldo a favor. Saludos

  26. Entraré a una empresa de teleperformance con un sueldo base mensual de $7,000 y la posibilidad de un bono de $1,200. Por más que pregunté no me supieron decir qué porcentaje de este sueldo se descontaría por impuestos. ¿Serían los $247.24 o el 10.88% que aparece en la tabla de arriba? Gracias.

  27. Hola, yo trabajo en una dependencia de gobierno estatal, gano 14847.00 pesos al mes. Hoy me llegó mi recibo de nómina, vía correo electrónico, pero en éste viene una deducción de $2073.11 de ISPT, no sé por qué hacen ese descuento, nunca lo habían hecho y me gustaría saber si es correcto, ya que tengo entendido que solo es para quienes ganan más de $400,000.00. Además, si ¿para hacerlo la administrativa tendría que avisar con tiempo que lo hará? ya que sin decir agua va, lo hace en estos tiempos donde los gastos escolares están al orden del día.

    1. Víctor, la retención es correcta y debe hacerse junto con la nómina. Lo que dices de los 400 mil pesos es la obligación de declarar, pero eso no conlleva que no pague impuesto antes.

      Saludos

  28. Buen día, tengo una duda, lo que pasa es que a mi me pagan semanal, la semana pasada tuve una percepción de $6,505.00 y me descontaron $1,171.35 de impuesto y esta semana me pagan $7,153.85 y me quitan $1,964.15. La diferencia es que en esta semana me pagaron premio de asistencia y puntualidad. Si me pudiera explicar porque tanto impuesto esta semana, la diferencia es mucha. Gracias

    1. Karla, si eres asalariada realmente te están descontando de más por ISR… Te recomiendo ver tus liquidaciones con RRHH y el contador de la empresa. Saludos

  29. Hola. Yo tengo una duda. Trabajo como demostradora y me pagan quincenalmente. Percibo 2000 pesos y me quitan 500, mensualmente me dan un bono de 5000 y me quitan 1000. En total percibo mensual como 9000 y me quitan 2000 ¿está bien calculado?

    Si alguien me pudiera aclarar mi duda por favor porque en mi empresa solo me dan vueltas.

    1. Sintya, si en los 2000 se incluye IMSS, Infonavit y otros descuentos sociales, junto al ISR, será correcto. Saludos

  30. Hola.
    Mi pregunta es, ¿para qué es este impuesto? ¿Nos beneficia en algo a la larga? Está muy mal pagar impuesto por lo ya trabajado. Al rato nos cobrarán impuesto por respirar.

    Saludos

    1. Karina, los impuestos no tienen un beneficio directo sobre quienes lo pagan. Es el concepto de impuesto… lamentablemente.

      Saludos

  31. ¿El finiquito causa impuesto? si mi sueldo era de $4013.00 y me están dando un bono de la misma cantidad ¿aplica el que pague un impuesto mayor a $500?

    1. Andy, el finiquito causa impuesto, aunque tiene ciertos topes de exenciones que harán que no pagues tanto. Saludos

  32. Muchas gracias por la información. Es justamente lo que buscaba. Es bastante completa y digerible. Es una lástima que uno trabaja tanto para que se vaya en impuestos que bien sabemos, no se ocupan en lo que debe de ser. Saludos

  33. Hola, ¿serían tan amables de decirme qué percepciones están exentas para los trabajadores y cuál es su tope? Mil gracias y saludos.

  34. Buen día, yo soy operador de trailer y mi sueldo es variable por semana, de igual manera percibo mi sueldo semanalmente, quiero saber cómo aplican el descuento del ISR a la semana, ya que pienso que me descuentan demasiado o si se basan en el salario diario integrado para realizar el descuento.

    Gracias por su atención.

    1. Juan, se suma la cantidad cobrada en la semana y se le aplica la tabla de ISR correspondiente a una semana. Saludos

  35. Hola buen día, muy interesante su web pero tengo una duda, utilizo mi antigua tarjeta de nómina (dejé de laborar hace un año) para depositar dinero que transfiero desde mi cuenta de Paypal porque me mandan dinero desde otro país por este medio, la cantidad no es mucha, no excede $4000 pesos al mes, ¿esto puede ser sujeto de impuestos? ¿de qué forma?

    Un saludo

    1. Carmen, si no tienes manera de justificar ese ingreso, el SAT podrá pedirte el pago de ISR sobre ese monto. Saludos

  36. Buenas tardes,

    Hace poco empecé a trabajar en una empresa y me comentaron que tendría dos contratos, uno con el salario mínimo y otro con una pagadora. Al recibir la nómina, veo que en los dos me están descontado el ISPT. Entiendo que en el primero que es en el que estoy dado de alta ante el IMSS es correcto, pero el otro ¿Me tienen que descontar el ISPT de los dos?

    1. Ara, por el mínimo no deberían descontarte nada, por algo es salario mínimo… saludos

  37. Los impuestos sobre la renta varían si eres profesional de la salud o ¿cuánto impuesto debo de pagar? Soy médico suplente y me pagan $6476.

  38. Hola, lo que me gustaría saber es de cuánto será mi retención de impuesto. Estoy ganando 5821.4 pesos y no tengo un horario fijo de trabajo.

  39. ¡Excelente artículo!

    Lo que yo quisiera preguntarles es lo siguiente, la empresa donde laboro me contrató por “outsourcing” me cotiza con el mínimo ante el IMSS, pero lo raro es que una parte me la deposita (lo que está registrado ante el IMSS) y la otra parte me la da en efectivo, y la otra en depósito (recordemos que cuando se subcotiza se entregan dos comprobantes de nómina). A mi no me agrada que me lo entregue de esta forma, ya que es muy inseguro cargar dinero en la cartera, me dijeron que lo hacían de esta forma para que no me cobraran impuestos, pero… a ver… gano el mínimo ¿cuál sería el impuesto que pretenden evadir? si hasta genero el famoso subsidio al empleado, espero sus comentarios, gracias.

  40. Hola, buen día.

    En mi empresa me pagan quincenalmente, pero usan la tabla de retención por mes en lugar de usar por la quince días.

    La primer quincena del mes la elevan a un promedio mensual para hacer el cálculo, eso hace que mi salario sea mayor al que realmente tengo ¿Por qué hacen eso y cómo lo hacen?

    Saludos.

  41. Hola, en mi trabajo mi sueldo es de $2,260 y recibo 2 compensaciones: una de $3,760, la otra de $1,500 ¿Cuánto sería mi deducción de ISR?

    Y quisiera saber si ¿es correcto que también me hagan deducciones sobre las compensaciones?

    De antemano muchas gracias y felicidades por el artículo.

  42. Quisiera saber si el ISR y el pago del IMSS es variable cuando se percibe un pago cada 10 días y se cuenta con un salario fijo y salario variable.

    Quedo muy pendiente de su amable respuesta.

    1. Javier, el ISR e IMSS son retenciones porcentuales, por lo cual, si el salario varía también lo hacen estas retenciones.

      Saludos

  43. Hola a todos. Excelente artículo.

    Si en mi empresa me pagan $17250 de base más un Bono, ¿se toma el total que gano o solo el Base?

    ¿A cuánto ascendería si en el mes entre comisiones (bono) y sueldo, gano $60 mil?

    Gracias por responder.

    Saludos.

  44. Trabajo en una universidad y estoy por nómina y por horas, es la universidad la que se encarga de mi declaración pero pronto entraré a trabajar también por horas a otra escuela donde pagan por nómina. ¿Qué se hace en esos casos? ¿debo realizar por mi cuenta la declaración de ambos lugares?

    De antemano muchas gracias.

    1. Nacho, deberías avisar a la Universidad para que incluyan los ingresos de la otra institución.

      Saludos

  45. Hola. En mi empleo me pagan $3600 al mes por 5 horas de lunes a viernes y 7 horas de fin de semana ¿cuánto tengo que pagar de ISR?

    1. Danely, nada porque no superas el tope mínimo para retención en caso de ser asalariada. Saludos

  46. Buenas noches. Quiero saber cuánto tengo que pagar de impuestos si tengo un salario diario de $250.

    Gracias por su respuesta.

  47. ¿Existe algún impedimento para que la empresa pueda descontar más ISPT mensual del que debe ser para evitar que en la anual salgan con saldos altos en contra?

  48. Hola buen día. En mi empleo me pagan $3200 al mes, pero mi duda es que si estoy realizando un trabajo extra para una empresa diferente y en ésta me pagarán 40000 pesos ¿cómo debo declarar ese monto?, y ¿cuánto sería lo que debo pagar?

    1. Sandra, deberás declarar a tu segundo empleador para que te retenga ISR cerca de 9300 pesos mensuales. Luego deberás presentar la declaración anual. Saludos

  49. Hola

    En mi empleo me pagan por las horas que trabajé a la quincena, la cual me la pagan a 23 pesos, ¿Qué tabla utilizan para calcular el ISR?

    Gracias

  50. Hola. En mi empresa por primera vez van a pagar un bono a cada uno por sus logros del año pasado, ¿cuánto nos retendrán de éste? El total del bono será el 20% del salario anual y escuché que nos van a retener el 30%, ¿es correcto eso?

    1. Pedro, todo es posible pero no podemos hacer nada si desconocemos tu salario habitual. Saludos

  51. Hola. Trabajo por agencia y tengo un salario diario de $230 y aparte me dan un bono de $600 por semana ¿cuánto tendrían que descontarme?

    Gracias de antemano

    1. Alejandro, estima un descuento de 930 pesos mensuales aproximadamente. Saludos

  52. Tengo una duda. En una nómina semanal, ¿la última semana se calcula sobre la tarifa mensual para ajustar los montos o sobre la tarifa de 7 días como en las semanas anteriores?

  53. ¿En dónde puedo ver que las vacaciones son gravadas o exentas? ya que solo viene lo de la prima vacacional.

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